El Sello Nacional Cultura y Mecenazgo, que únicamente ostentan 27 entidades en nuestro país, se concede a aquellos proyectos que destacan en el ámbito del mecenazgo cultural entre la sociedad española.
FZC ha recibido el distintivo «Sello Cultura y Mecenazgo» que concede el Ministerio de Cultura en reconocimiento a aquellos proyectos que realizan una labor destacada en el ámbito del mecenazgo. De esta forma, nuestra Fundación es reconocida en el ámbito nacional por su visión, planteamiento y esfuerzo en definir, plantear, ofrecer y mantener diversas líneas de colaboración y mecenazgo.
¿Qué es el mecenazgo y en qué se diferencia del patrocinio?
La RAE define el mecenazgo como la “protección o ayuda dispensadas a una actividad cultural, artística o científica”. Se trata de una colaboración desinteresada por parte del mecenas, que actúa movido por el altruismo y es fruto de su compromiso social, a diferencia del patrocinio, en el que el patrocinador persigue un rédito con su acción, lo que le mueve es la contrapartida que obtiene con ella. La diferencia entre ambos conceptos hace que mecenazgo y patrocinio se regulen en nuestro ordenamiento jurídico por normas distintas: la Ley 49/2002 en el caso del mecenazgo, y la Ley General de Publicidad para el patrocinio.
El mecenazgo lleva aparejados una serie de incentivos fiscales de los que el mecenas, sea persona física o jurídica, puede beneficiarse ( puedes consultarlos aquí ).
¿Qué aportaciones pueden hacerse?
- Donativos y donaciones dinerarias, de bienes y derechos
- Cuotas de afiliación que no se correspondan con el derecho a percibir una prestación presente o futura.
- La constitución de un derecho real de usufructo sobre bienes, derechos o valores realizada sin contraprestación.
- Donativos o donaciones de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español que estén inscritos en el Registro de BIC o Inventario General
- Donativos o donaciones de bienes culturales de calidad garantizada en favor de entidades que persigan entre sus fines la realización de actividades museísticas o expositivas y el fomento o difusión del patrimonio histórico artístico.
¿Qué incentivos fiscales existen para las donaciones hechas por persona física? ¿Y jurídica?
En el caso de las personas físicas los incentivos que existen son los siguientes:
- Micromecenazgo: los primeros 150 euros donados tienen una deducción del 80% en la cuota íntegra del IRPF.
- La cantidad donada que exceda de 150 euros tiene una deducción del 35% en la cuota.
- Fidelización: en las donaciones se podrá aplicar una deducción del 40% (en vez del 35% general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores.
- La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable en el IRPF.
En el caso de personas jurídicas los incentivos aplican de la siguiente manera:
- La cantidad donada tiene una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades del 35%.
- Fidelización en las donaciones: se podrá aplicar una deducción del 40% (en vez del 35% general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores.
- La deducción tiene un límite del 10% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos en los periodos impositivos.
Si estás interesado/a en ser mecenas de nuestras líneas de actividad o de alguna/s de los programas o actividades que organizamos te invitamos a que escojas tu modalidad de colaboración y/o te pongas en contacto con nosotros en el correo electrónico: admin@fundacionzcc.org
Esta es la segunda distinción que recibe nuestra Fundación en unos pocos meses. El pasado noviembre fuimos reconocidos como socios oficiales de la iniciativa europea New European Bauhaus.